la Ley 39/2015 establece que las comunidades de propietarios tienen el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
Con la aprobación del Real Decreto Ley 11/2018, se amplio el plazo de esta obligación hasta el 2 de octubre de 2020, por lo que cada Administración emitirá desde su propia sede, obligando a los usuarios a tener que revisar buzón a buzón, todas las comunicaciones, invirtiendo en ello gran cantidad de tiempo y corriendo el riesgo de posibles sanciones económicas por cualquier despiste o caducidad de los plazos.
Para dicha relación electrónica es requisito indispensable obtener el certificado electrónico de las comunidades de propietarios.
El medio más usado por las Administraciones Públicas y el exclusivo por la AEAT para notificar, es el buzón 060.
Ofrecemos la mejor y más completa opción para gestionar los certificados para tus clientes.
Un nuevo servicio desde el que podrás tramitar sin desplazamientos los certificados electrónicos de:
- Comunidades de propietarios
- Autónomos
- Empresas
Podrás recibir de manera automática las comunicaciones de todas las comunidades en una única pantalla en Gesfincas.

Certificados Digitales
- Emisión sin desplazamientos ni colas
- Obtén la acreditación de despacho digital
- El titular es el presidente de la comunidad o el Administrador
- El Administrador es responsable del uso

Lectura de Buzones
- Buzón 060: El medio más utilizado por las Administraciones Públicas y el exclusivo de la AEAT
- Sistema RED: Para notificaciones de la Seguridad Social

Integración 100 % con Gesfincas
- Solicitud de los certificados
- Lecturas de los buzones 060
- Alarmas, firma de documentos, etc.
Hola
Queria información sobre el proceso para obtener certificado digital de una Comunidad, su coste, la documentación necesaria, etc.
gracias
Buenos días, nos pondremos en contacto, vía correo electronico de forma privada. Un saludo.