la Ley 39/2015 establece que las comunidades de propietarios tienen el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

Con la aprobación del Real Decreto Ley 11/2018, se amplio el plazo de esta obligación hasta el 2 de octubre de 2020, por lo que cada Administración emitirá desde su propia sede, obligando a los usuarios a tener que revisar buzón a buzón, todas las comunicaciones, invirtiendo en ello gran cantidad de tiempo y corriendo el riesgo de posibles sanciones económicas por cualquier despiste  o caducidad de los plazos.

Para dicha relación electrónica es requisito indispensable obtener el certificado electrónico de las comunidades de propietarios.

El medio más usado por las Administraciones Públicas y el exclusivo por la AEAT para notificar, es el buzón 060.

Ofrecemos la mejor y más completa opción para gestionar los certificados para tus clientes.

Un nuevo servicio desde el que podrás tramitar sin desplazamientos los certificados electrónicos de:

  • Comunidades de propietarios
  • Autónomos
  • Empresas

Podrás recibir de manera automática las comunicaciones de todas las comunidades en una única pantalla en Gesfincas.

Certificados Digitales

  • Emisión sin desplazamientos ni colas
  • Obtén la acreditación de despacho digital
  • El titular es el presidente de la comunidad o el Administrador
  • El Administrador es responsable del uso

Lectura de Buzones

  • Buzón 060: El medio más utilizado por las Administraciones Públicas y el exclusivo de la AEAT
  • Sistema RED: Para notificaciones de la Seguridad Social

Integración 100 % con Gesfincas

  • Solicitud de los certificados
  • Lecturas de los buzones 060
  • Alarmas, firma de documentos, etc.

certificados digitales y buzones

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