la Ley 39/2015 establece que las comunidades de propietarios tienen el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
Con la aprobación del Real Decreto Ley 11/2018, se amplio el plazo de esta obligación hasta el 2 de octubre de 2020, por lo que cada Administración emitirá desde su propia sede, obligando a los usuarios a tener que revisar buzón a buzón, todas las comunicaciones, invirtiendo en ello gran cantidad de tiempo y corriendo el riesgo de posibles sanciones económicas por cualquier despiste o caducidad de los plazos.
Para dicha relación electrónica es requisito indispensable obtener el certificado electrónico de las comunidades de propietarios.
El medio más usado por las Administraciones Públicas y el exclusivo por la AEAT para notificar, es el buzón 060.
Ofrecemos la mejor y más completa opción para gestionar los certificados para tus clientes.
Un nuevo servicio desde el que podrás tramitar sin desplazamientos los certificados electrónicos de:
- Comunidades de propietarios
- Autónomos
- Empresas
Podrás recibir de manera automática las comunicaciones de todas las comunidades en una única pantalla en Gesfincas.

Certificados Digitales
- Emisión sin desplazamientos ni colas
- Obtén la acreditación de despacho digital
- El titular es el presidente de la comunidad o el Administrador
- El Administrador es responsable del uso

Lectura de Buzones
- Buzón 060: El medio más utilizado por las Administraciones Públicas y el exclusivo de la AEAT
- Sistema RED: Para notificaciones de la Seguridad Social

Integración 100 % con Gesfincas
- Solicitud de los certificados
- Lecturas de los buzones 060
- Alarmas, firma de documentos, etc.